Ciudad de Guatemala, 18 abr (AGN).- Hoy se publicó en el diario oficial el Acuerdo Ministerial Número 310-2023, el cual contiene el reglamento para uso de parques y centros deportivos y recreativos del Ministerio de Cultura y Deportes.

El acuerdo contiene 25 artículos en los cuales trata diversos temas que se deben tener en cuenta al ingresar a estos centros pertenecientes al Estado.

Este reglamento fue creado para compartir las normas y condiciones que se deben cumplir al ingresar y permanecer en el recinto, con el fin de tener una convivencia pacífica, respetuosa y solidaria.

Acceso a los parques

El acceso a los centros deportivos y recreativos es  gratuito para toda la población. En el caso de necesitar ayuda, habrá personal identificado.

Asimismo, será el encargado de asistir a quienes tengan alguna discapacidad. También se podrán ingresar mascotas.

Derechos y obligaciones

Utilización de las instalaciones en el horario autorizado.

Participación en cursos de vacaciones y academias deportivas.

Servicio médico

Libertar de hacer sugerencias y observaciones en los buzones de cada parque.

Tener cuidado con los equipos y las canchas.

Cuidar el tipo de calzado dependiendo en qué área vayan a ejercitarse.

Tener una conducta respetuosa.

Proteger la flora y fauna de los centros deportivos.

Acatar las normas de salud, seguridad e higiene y cualquier otro protocolo que emita el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS).

Condiciones de uso

El uso de las instalaciones dependerá de la disponibilidad de espacio en cada centro; además; todas las actividades que se realicen deberán de ser sin fines de lucro.

En el caso de grupos u organizaciones, se deberá designar un representante por cada actividad. El encargado tiene que presentar una lista con los nombres de las personas involucradas.

La autorización quedará a la espera según la disponibilidad del área; además; en estos casos, no se podrá exceder del cuarenta por ciento (40 %) del horario de las instalaciones.

Solicitud de actividades deportivas

El procedimiento será el siguiente:

Suspensión de uso

Las autoridades de cada centro deportivo podrán suspender el uso del espacio sin ninguna responsabilidad, por las siguientes causas:

Horarios

Los horarios de los parques serán enviados por la Dirección General del Deporte y la Recreación, los cuales se compartirán al público a través del portal del Ministerio de Cultura y Deportes y redes sociales oficiales.

Prohibiciones

Queda prohibido lo siguiente:

Objetos perdidos

Academias deportivas

La persona interesada solo tiene que acercarse a la academia con la siguiente papelería para ser inscrita:

Más información sobre las academias

Faltas y sanciones

Se consideran faltas las siguientes acciones:

Las faltas serán castigadas con la expulsión de la persona infractora del parque o centro deportivo y recreativo.

Estas acciones refrendan el firme apoyo del Gobierno de Guatemala y el Ministerio de Cultura y Deportes de brindar lugares seguros y capacitados para el buen desarrollo del deporte en el territorio nacional.

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