Ciudad de Guatemala, 31 mar (AGN).- El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) facultó a las autoridades del Ministerio de Educación (Mineduc) para disponer de medidas temporales distintas a las que se establecen en la norma sanitaria para la prevención y control de infecciones por SARS-CoV-2 y otras epidemias para los centros del sistema educativo nacional.

Esto se oficializó en el Acuerdo Ministerial Número 79-2021, que se publicó en el Diario de Centro América (oficial).

No obstante, el documento señala que la disposición de las medidas temporales podrá realizarse solamente cuando:

De igual manera, se recuerda que las demás disposiciones que se encuentran en la norma sanitaria para prevención del coronavirus (COVID-19) en centros educativos quedan inalterables.

También se afirmó que la nueva medida entra en vigencia este miércoles.

Oficializan norma sanitaria para prevenir el coronavirus en centros educativos

Cambio en las normas

La norma sanitaria para la prevención y control de infecciones por SARS-CoV-2 y otras epidemias para los centros del sistema educativo nacional se aprobó en diciembre de 2020 con el objetivo de evitar contagios de coronavirus durante el ciclo escolar 2021.

Además, la normativa establece tres normas esenciales de prevención y protección sanitaria en los establecimientos. Estas son el uso de mascarilla, distanciamiento físico y lavado de manos con agua y jabón o uso de alcohol en gel.

Asimismo, contiene un tablero de alertas sanitarias, el cual se modificó en marzo de este año. La nueva guía indica que los establecimientos que se encuentren en municipios bajo alerta roja o naranja deberán funcionar solamente con clases a distancia. Por otro lado, en los municipios con alerta amarilla tienen la facultad se puede operar bajo un modelo de entrega educativa híbrido.

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