Ciudad de Guatemala, 29 abr (AGN).- El uso de carros oficiales estará regulado a través de una decisión del presidente Bernardo Arévalo y ha quedado normado a través del oficio circular número 02-2024, publicado en el Diario de Centroamérica.

El oficio señala que los vehículos oficiales deben utilizarse de manera exclusiva en las actividades propias de cada entidad del Estado.

Asimismo, la utilización de estos recursos debe atender a las necesidades institucionales y cumplir con los requisitos en materia de tránsito, respetando leyes, reglamentos y acuerdos gubernativos relativos al tema.

Todos los vehículos del Ejecutivo deben estar identificados por el logotipo oficial del Gobierno, de manera visible. Sin embargo, se exceptúan los casos que se justifiquen por motivos de seguridad.

Qué está prohibido en el uso de carros oficiales

Entre las prohibiciones que se incluyen en el oficio sobre el uso de los carros oficiales están:

De no cumplirse con lo estipulado, los responsables deberán hacerse cargo, y, por ejemplo, se instruye a todas las dependencias a que hagan estudios para determinar medidas internas para asegurar el reintegro de recursos públicos en caso de que se determine que un carro oficial se usó de manera inapropiada.

Además, la Procuraduría General de la Nación (PGN) podrá apoyar para presentar acciones legales cuando sea necesario.