Ciudad de Guatemala, 27 mar (AGN).- Lesther Castellanos Rodas asumió como presidente del pleno de relatores del Mecanismo Nacional de la Oficina de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Guatemala para el periodo 2023-2024.

El Decreto Número 40-2010 del Congreso de la República establece que el fin del mecanismo es prevenirla tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes.

Esto a través de un sistema de visitas periódicas a lugares donde se encentran personas privadas de libertad.

Acepto el reto y tomo el cargo como presidente del pleno de relatores. Con la fe puesta es mi compromiso hacer bien, citó el funcionario.

En ese sentido, reiteró el compromiso de salvaguardar el cumplimiento del mandato y los derechos humanos y garantías mínimas de los privados de libertad del país.

Experiencia laboral

Otros

Docente universitario, licenciatura, maestrías y doctorados en la Universidad de San Carlos de Guatemala, Mariano Gálvez, Rafael Landívar y Universidad del Valle de Guatemala

Capacitador de la Unidad de Capacitación del Organismo Judicial en la Escuela de Estudios Judiciales. Evaluador-formador del Centro de Estudios de Derecho (CEDE) dentro de las actividades académicas y autor de diversas obras científico-académico

Competencia

El mecanismo nacional es de naturaleza preventiva en materia de tortura o otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

La oficina la conforman cinco relatores titulares e igual número de suplentes. Los suplentes asumirán la titularidad al producirse una vacante o ausencia temporal de un relator o una relatora; además, recibirán el salario que corresponda cuando asuman dicha titularidad.

Ejercerán su mandato durante cinco años, pudiendo reelegirse para un período más. En la primera elección que se realice, el Congreso designará por sorteo a dos Relatores para un período de cinco años y a tres para un período de tres años.

Los detalles

Con la calidad de comisión del Congreso de la República para actuar a nivel nacional en prevención del objeto del mecanismo y tiene como actividad fundamental:

El mandato

La oficina nacional de prevención de la tortura tendrá el mandato de:

Examinar periódicamente el trato y las condiciones que reciben las personas privadas de libertad, en todos los lugares de detención o centros de privación de libertad, públicos o privados.

Lo anterior, con miras a fortalecer, si fuera necesario, su protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Asimismo, hacer recomendaciones y/o peticiones a las autoridades competentes, con el objeto de mejorar el trato y las condiciones de los privados de libertad y de prevenir tratos inhumanos o degradantes.

Esto, tomando en consideración las normas pertinentes de derecho internacional de los derechos humanos.

El mecanismo debe hacer recomendaciones y/o peticiones a las autoridades competentes.

Ello, con el fin de asegurar la integridad, dignidad y una efectiva atención y reparación a las víctimas de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Además, tomando en consideración las normas pertinentes de derecho nacional e internacional de los derechos humanos.

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